Una licencia de software es un permiso para usar código que sigue siendo tuyo. Tu agencia conserva la propiedad y la otra empresa paga por usarlo dentro de límites claros: qué puede hacer con él, en qué territorio, por cuánto tiempo y si alguien más puede usarlo a la vez. Eso la separa de una cesión, donde la propiedad cambia de dueño.
Para una agencia en Latinoamérica, licenciar es la forma de cobrar más de una vez por un repositorio que ya está escrito y probado. El requisito previo es uno: tienes que ser el titular de ese código.
Qué es el licenciamiento de software y en qué se diferencia de vender el código
El contrato es lo que decide qué pasa con el código. Hay dos caminos:
| Licencia | Cesión (venta) | |
|---|---|---|
| ¿Quién es el dueño después? | Tu agencia | El comprador |
| ¿Puedes seguir usando el código? | Sí, salvo licencia exclusiva que lo limite | Solo si te otorgan una licencia de regreso |
| ¿Puedes cobrarle a varias empresas? | Sí, con licencias no exclusivas | No, se vende una vez |
| Pago típico | Fee único, anual o por uso | Pago único |
Si quieres entender la cesión a fondo, está en cesión de derechos de software. Si el comprador quiere quedarse con todo, el proceso está en vender código fuente.
Qué código puede licenciar tu agencia
Solo puedes licenciar lo que te pertenece. Eso suena obvio hasta que haces el inventario y ves que la mitad de los repos tienen un historial confuso. Revisa tres cosas por cada repositorio.
1. Quién lo escribió
La regla para el código de empleados cambia por país:
- México. Cuando el software lo crean empleados en el ejercicio de sus funciones, salvo pacto en contrario, los derechos patrimoniales sobre el programa y su documentación corresponden al empleador (artículo 103 de la Ley Federal del Derecho de Autor).
- Argentina. La Ley 11.723, artículo 4, inciso d da la titularidad a la empresa cuyos empleados contratados para programar hicieron el programa, salvo pacto en contrario.
- Colombia. El artículo 20 de la Ley 23 de 1982 presume que los derechos patrimoniales pasan al empleador o al contratante en la medida necesaria para su actividad habitual, y solo si el contrato consta por escrito.
2. Bajo qué contrato se hizo
Si el MSA con tu cliente en EE. UU. cede “all work product” al cliente, ese código es suyo. Si el contrato dejó con tu agencia el background IP, las librerías propias y las herramientas internas, eso sigue siendo tuyo y es lo primero que se puede licenciar. El detalle está en de quién es el código.
3. Qué hay de terceros adentro
Cada uno de estos limita lo que puedes ofrecer:
- dependencias open source;
- código de un contractor que nunca firmó cesión;
- snippets de un cliente anterior.
Tipos de licencia de software que usan las agencias
| Tipo | Qué recibe el licenciatario | Qué cuidar |
|---|---|---|
| No exclusiva | Uso del código, mientras tú lo sigues usando y licenciando | La más útil para una agencia |
| Exclusiva | Es la única empresa que puede explotarlo en el alcance pactado, por ejemplo un sector o un país | Te cierra la puerta a otros clientes |
| De código fuente | El repo, con permiso para modificarlo | Si puede redistribuir lo que modifique |
| De uso (binario o SaaS) | Usa el sistema sin ver el código | Si lo hospedas tú, disponibilidad y datos |
| Para entrenamiento de IA | Acceso al código para entrenar modelos | Uso muy acotado, sin redistribuir |
No exclusiva. Licencias el mismo módulo de pagos o el mismo backoffice a cinco empresas que no compiten entre sí, y sigues usándolo en tus proyectos. Es la base para cobrar varias veces por el mismo trabajo.
Exclusiva. En México, la licencia exclusiva debe otorgarse expresamente con ese carácter (artículo 35 de la Ley Federal del Derecho de Autor). Cóbrala bastante más cara, porque te cierra la puerta a otros clientes.
De código fuente. Es la que suelen pedir empresas de producto que quieren arrancar sobre algo probado. Define bien si pueden redistribuir lo que modifiquen.
De uso (binario o SaaS). Aquí entra el modelo de suscripción. Si lo hospedas tú, ya es un servicio con licencia adentro, y el contrato tiene que cubrir también disponibilidad y datos.
Para entrenamiento de IA. Empresas que entrenan modelos compran acceso a código escrito por equipos con experiencia. Es una licencia no exclusiva con un uso muy acotado: entrenar, sin redistribuir el código tal cual.
Qué tiene que decir un contrato de licencia de software
Un contrato de licencia corto y claro protege más que uno largo copiado de internet. Estos puntos no pueden faltar:
- Objeto. Qué código exactamente, con nombre del repositorio, versión o hash del commit.
- Alcance. Qué puede hacer el licenciatario: usar, modificar, integrar en su producto, sublicenciar.
- Exclusividad. Exclusiva o no exclusiva, dicho con esas palabras.
- Territorio y plazo. Dónde y por cuánto tiempo. Si no lo fijas, la ley de cada país llena el hueco, y no siempre como tú esperas.
- Precio y forma de pago. Fee único, anual, por usuario o por instalación. En qué moneda y contra qué factura.
- Open source incluido. Lista de dependencias con su licencia. Las que traen obligaciones de copyleft cambian lo que puedes prometer.
- Garantías y responsabilidad. Qué garantizas (que eres el titular, que no infringe derechos de terceros) y hasta qué monto respondes.
- Ley aplicable. Con un licenciatario en EE. UU., lo normal es que pida ley de algún estado de allá. Revisa lo que eso implica en contrato con cliente de EE. UU..
Cuánto cobrar por una licencia
El precio depende de tres cosas:
- cuánto le costaría al licenciatario construirlo;
- cuánto tiempo le ahorra;
- cuántos más podrían comprar lo mismo.
Una licencia no exclusiva se cobra menos por unidad y se vende más veces. Una exclusiva tiene que compensar todas las ventas a las que renuncias.
Antes de poner precio, mira los rangos en cuánto vale el código.
Cobrar una licencia desde Latinoamérica a una empresa de EE. UU.
Una licencia cambia la forma en que te pagan. Para el IRS, la fuente del ingreso depende de qué cobras:
| Qué cobras | Fuente del ingreso para el IRS |
|---|---|
| Servicios prestados desde tu país | donde se prestan los servicios, o sea, fuera de EE. UU. |
| Regalías por software | donde se usa la propiedad |
Si el cliente usa tu código en EE. UU., esa regalía es ingreso de fuente estadounidense, y la retención general sobre el bruto es de 30 % salvo que un tratado la baje. El tratado EE. UU.-México fija 10 % para regalías por copyright. Según la lista del IRS, Argentina, Colombia, Perú, Uruguay y Costa Rica no tienen tratado de renta con EE. UU.
Para que el cliente aplique la tasa correcta te va a pedir un W-8BEN-E.
Por dónde empezar
Haz el inventario un viernes en la tarde:
- Lista de repositorios, contrato bajo el que se hizo cada uno, quién quedó como titular y qué dependencias trae.
- Separa lo que es tuyo.
- De esa lista, elige los dos o tres repos que resuelven un problema que otras empresas pagan por resolver. Esos son tus candidatos a licencia.