Tu agencia en tiempos difíciles
Evaluar el código de mi agencia

Nearshore y EE. UU.: contratos, cumplimiento e impuestos

Verificado el 12 de octubre de 2026

En corto

Vender a EE. UU. desde Latinoamérica trae un paquete de papeles: MSA, SOW, cláusulas de propiedad intelectual, requisitos de privacidad y seguros, y el W-8BEN-E para el área de pagos. Esta sección explica cada pieza desde el lado de la agencia.

La mayoría de las agencias de software en México, Colombia y Argentina vende a empresas de EE. UU. La zona horaria y el costo ayudan a cerrar el deal. Después llega el paquete de documentos:

Cada pieza tiene cláusulas que deciden cuánto riesgo asume tu agencia y de quién es el código al final. Esta sección lo explica desde tu lado de la mesa. Si recién empiezas, lee primero qué es nearshore.

Contratos con clientes de EE. UU.

El MSA fija las reglas generales y cada SOW define un proyecto. Las cláusulas que más importan son la de propiedad intelectual, la de indemnización y el límite de responsabilidad.

Cumplir con las leyes de EE. UU. desde Latinoamérica

Tu agencia no está en EE. UU., pero tu cliente sí, y te traslada sus obligaciones por contrato: privacidad de datos, salud, controles de exportación, seguros y verificación de antecedentes.

Impuestos y pagos

Para pagarte, el cliente necesita documentar que eres una entidad extranjera. Lo que cobras por servicios y lo que cobras por una licencia se tratan distinto.

Lo que el contrato hace con tu código

Cada contrato con un cliente de EE. UU. decide qué código se queda el cliente y cuál sigue siendo tuyo.

Artículos de esta sección

Evaluar el código de mi agencia