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Código y derechos

Registro de software: INDAUTOR en México y DNDA en Argentina y Colombia

Verificado el 12 de octubre de 2026

En corto

En México, Colombia y Argentina el software está protegido por derecho de autor sin necesidad de registrarlo. El registro sirve como prueba: deja constancia de quién es el titular y desde cuándo. En Argentina tiene un peso mayor, porque la Ley 11.723 suspende ciertos derechos del autor mientras la obra no está inscrita, y la cesión debe inscribirse para tener validez.

En México, Colombia y Argentina el software está protegido por derecho de autor desde que se escribe, sin registro. Registrarlo no es obligatorio para que la ley lo proteja. El registro es una prueba: deja constancia oficial de quién es el titular, de qué obra se trata y desde qué fecha.

Para una agencia que quiere licenciar o vender código, esa constancia ayuda a cerrar el deal. En Argentina pesa más, porque la cesión de una obra tiene que inscribirse para tener validez.

¿Es obligatorio registrar el software?

No para que exista la protección. Cada país lo dice en su ley:

PaísReglaDónde está
Méxicola protección no requiere registroartículos 5 y 162 de la Ley Federal del Derecho de Autor
Colombiala protección no depende de ninguna formalidad y el registro es declarativoartículos 52 y 53 de la Decisión Andina 351
ArgentinaLos programas están protegidos, pero la falta de inscripción suspende el derecho del autor hasta que la efectúeartículos 1 y 63 de la Ley 11.723

En México, el artículo 168 de la Ley Federal del Derecho de Autor dice que, con la inscripción, se presumen ciertos los hechos y actos que constan en el registro, salvo prueba en contrario. Esa presunción es lo que compras con el registro.

Para qué le sirve el registro a una agencia

El registro le sirve al dueño de una agencia en situaciones concretas:

Cómo registrar software ante INDAUTOR en México

El trámite se hace ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor, en el Registro Público del Derecho de Autor. Los programas de cómputo son una de las ramas de obras que reconoce el artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor.

  1. Llena la solicitud de registro de obra con los datos del autor, del titular y de la obra. Si el titular es tu agencia, necesitas el acta constitutiva y el poder del representante legal.
  2. Paga los derechos. La ficha oficial del trámite marca 367 pesos. El monto se actualiza cada año.
  3. Prepara los ejemplares de la obra. La ficha pide dos ejemplares idénticos.
  4. Presenta la solicitud, en línea o en ventanilla.
  5. Espera la resolución: 15 días hábiles según la ficha oficial.

Los contratos de cesión también se inscriben. En México, los actos que transmiten derechos patrimoniales deben inscribirse en el Registro Público del Derecho de Autor para que surtan efectos contra terceros (artículo 32 de la Ley Federal del Derecho de Autor).

Cómo registrar software ante la DNDA en Argentina

En Argentina el registro lo lleva la Dirección Nacional del Derecho de Autor, en el Registro Nacional de Propiedad Intelectual. Aquí el registro importa más que en México:

El sobre cerrado resuelve el miedo más común: no tienes que entregar el repositorio completo para registrarlo.

Cómo registrar software ante la DNDA en Colombia

En Colombia el registro también está a cargo de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, y el software es una categoría del registro en línea.

DatoColombia
Costogratuito
Duración del trámite15 días hábiles
Efectola protección no depende de ninguna formalidad y el registro es declarativo (Decisión Andina 351)

Los contratos también se registran. Según la Ley 23 de 1982, artículo 183, los actos que transfieren, cambian o limitan el derecho de autor, y cualquier contrato que implique exclusividad, se inscriben en el Registro Nacional del Derecho de Autor para ser oponibles frente a terceros.

Qué registrar primero

No registres todo. Elige lo que tiene valor comercial y titularidad clara:

  1. Los productos o módulos propios que ya licencias o quieres licenciar.
  2. Las librerías internas que usas en varios proyectos y que tus contratos dejan como background IP.
  3. El código que podrías vender, y cuyo valor revisaste en cuánto vale el código.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio registrar el software para que esté protegido?

No en México ni en Colombia. En México, los artículos 5 y 162 de la Ley Federal del Derecho de Autor protegen la obra aunque no esté registrada. En Colombia, la Decisión Andina 351 dice que la protección no depende de ninguna formalidad. En Argentina la protección existe, pero el artículo 63 de la Ley 11.723 vincula ciertos efectos a la inscripción.

¿Tengo que entregar todo el código fuente para registrarlo?

En Argentina, para software inédito, el Decreto 165/94 permite depositar en sobre cerrado solo las partes que consideres suficientes para identificar la obra. En México, INDAUTOR pide ejemplares de la obra; revisa la ficha del trámite antes de preparar el material.

¿El registro prueba que el código es de mi agencia y no del cliente?

En México, el artículo 168 de la Ley Federal del Derecho de Autor da una presunción a tu favor, que la otra parte puede desmentir con pruebas. Si el contrato con el cliente le cedió el código, el registro a nombre de tu agencia no cambia eso.

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